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La Sala considera que no hay pruebas suficientes que demuestren que la pareja coaccionara a la denunciante a ejercer la prostitución, que se quedaran con el 60% de sus ganancias
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Alicante ha absuelto a una pareja que estaba acusada de traer engañada desde Rumanía a una compatriota y obligarla a ejercer la prostitución en la zona de la avenida de Denia, en Alicante.
La Sala considera que no hay pruebas suficientes que demuestren que la pareja coaccionara a la denunciante a ejercer la prostitución, que se quedaran con el 60% de sus ganancias, ni que la hubieran reclutado en Rumanía mediante engaños.
Los hechos comenzaron en septiembre de 2015 cuando la denunciante viajó desde Rumanía hasta Alicante con la intención de trabajar en España. Al llegar, se quedó a vivir en el domicilio de la pareja, y comenzó a ejercer la prostitución en la zona de la avenida de Denia, en Alicante, hasta donde iba en un taxi junto a la mujer con la que convivía. Meses después, la mujer denunció que el hombre con el que convivía la había violado y que vino hasta España engañada por la pareja, quien le había prometido un trabajo de camarera pero que la obligó a prostituirse mediante coacciones al llegar a España.
En la resolución, el Tribunal explica que, pese a que no duda de la credibilidad del testimonio de la denunciante, ni encuentra resentimiento o venganza que motivaran su declaración, “no existen corroboraciones periféricas de suficiente entidad” que apoyen la versión de la mujer.
Al contrario, según detalla la sentencia, las declaraciones de los testigos, como el taxista que llevaba a las dos mujeres hasta el trabajo, la peluquera a la que la denunciante iba tres veces por semana o dos trabajadoras de oenegés con programas relacionados con la prostitución, no sostienen que la denunciante se viera obligada a ejercer la prostitución.
El fiscal pedía penas de 7 y 16 años de prisión por los delitos de trata de seres humanos con fines de explotación sexual, prostitución y violación.