Un juzgado de Oviedo anula el contrato prorrogado de la perrera municipal

La prestación de servicios de la concesionaria debía haber finalizado en enero de 2022

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Comunicación Poder Judicial

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº. 5 de Oviedo ha declarado «nula y no conforme a derecho» la continuidad prorrogada del contrato de gestión del albergue municipal para perros a partir del 27 de enero de 2022, fecha en la que concluía la vinculación de la empresa concesionaria con el consistorio carbayón. La resolución municipal de continuidad del servicio a partir de esa fecha, a juicio del magistrado, Jorge Punset Fernández, "carece de cobertura jurídica" y no cumple "con los requisitos exigidos como la aparición de acontecimientos imprevisibles para el órgano de contratación ni la duración máxima de nueve meses para esta prórroga excepcional".

La sentencia dictada recoge jurisprudencia anterior del TSJ de Asturias y otros tribunales para casos similares y considera que estas prórrogas de servicios con empresas que ya debían haber finalizado su relación contractual con el Ayuntamiento hasta que sean formalizados en su totalidad los contratos administrativos correspondientes a los servicios cuyas licitaciones se estuviesen tramitando, "carecen de cobertura jurídica, por lo que son contrarias al ordenamiento jurídico y nulas de pleno derecho".

Para el magistrado, en este caso "se incurre en un supuesto de nulidad de pleno derecho conforme a lo dispuesto en el art 47.1 e) de la Ley 39/2015, y ello es así, toda vez que la posibilidad de continuación del contrato tras su extinción no estaba prevista en el pliego ni en el contrato, siendo este de servicio público y no de gestión de servicio público".

Además, el texto recoge que no se contemplaba expresamente "la posibilidad de ordenar a la empresa adjudicataria de la continuidad de forma transitoria, de la prestación del servicio una vez vencido el plazo de duración de contrato, previo cumplimiento de una serie de requisitos, por la que cualquier prórroga del contrato, expresa tácita o forzada carece de cobertura jurídica, independientemente del consentimiento y conformidad de ambas partes que no pueden actuar contra legem".

La sentencia, que no es firme, puede ser recurrida en apelación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias.