Condenado a dos años de cárcel el hombre que incendió una furgoneta en Villanua (Huesca)

En la sentencia de conformidad dictada, decreta a la vez la suspensión de la ejecución de las penas de prisión durante 3 años con la condición de que no cometa delito y cumpla con la responsabilidad civil establecida

Autor
Comunicación Poder Judicial

La magistrada de la plaza nº 2 del Tribunal de Instancia de Jaca ha condenado a dos años de prisión al hombre que incendió una furgoneta aparcada junto a una gasolinera en Villanúa (Huesca). En la sentencia de conformidad dictada, la juzgadora establece las penas de prisión por los dos delitos cometidos por el acusado y decreta a la vez la suspensión de la ejecución de las penas de prisión durante 3 años, suspensión condicionada al cumplimiento de una serie de obligaciones por parte del condenado: no delinquir durante 3 años, cumplir con las prohibiciones de aproximación y comunicación que le fueron impuestas y satisfacer las responsabilidades civiles establecidas en el plazo de dos años.

Esta suspensión de las penas fue acordada por la magistrada al estimar que el hombre condenado es un delincuente primario (que carece de antecedentes penales).

El pasado 1 de octubre el Tribunal de Instancia de Jaca celebró un juicio rápido en el que comparecieron el hombre investigado, como acusado, y el propietario de la furgoneta incendiada, como acusación particular. En la vista oral, el Ministerio Fiscal solicitó la condena del investigado como autor de dos delitos: uno de daños agravado y otro de amenazas no condicionales. La acusación particular, ejercida por el propietario de la furgoneta dañada, se adhirió en todos sus términos a la acusación ejercida por el Ministerio Fiscal y la defensa se conformó con las acusaciones manifestadas.

A la vista de la concordancia entre las partes, la magistrada dictó una sentencia de conformidad en la que condenó al acusado a 16 meses de prisión por el delito de daños, 8 meses de prisión por el delito de amenazas y al pago de la responsabilidad civil a los dos perjudicados. A estas penas se suman la prohibición de aproximarse al propietario de la furgoneta a menos a 300 metros y de comunicarse con él por un tiempo de 36 meses y la prohibición de aproximarse a la gasolinera Repsol de Villanúa a una distancia inferior a 300 metros, por un tiempo de 36 meses.

Finalizado el juicio tanto los letrados de las acusaciones como el de la defensa manifestaron su intención de no recurrir la sentencia por lo que la sentencia dictada es firme y las actuaciones se han remitido a la Sección Penal del Tribunal de Instancia de Huesca para su ejecución.