Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
Utilizamos cookies propias y de terceros únicamente para realizar mediciones y análisis estadísticos de la navegación por las diferentes secciones de la página web con la finalidad de mejorar el contenido que ofrecemos. Al hacer click en 'Aceptar todas las cookies', consiente que todas las cookies se guarden en su dispositivo. Para configurarlas o rechazar su uso haga click en el botón 'Configurar Cookies'.
Para más información consulte nuestra política de cookies
Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
En la sentencia de conformidad dictada, decreta a la vez la suspensión de la ejecución de las penas de prisión durante 3 años con la condición de que no cometa delito y cumpla con la responsabilidad civil establecida
La magistrada de la plaza nº 2 del Tribunal de Instancia de Jaca ha condenado a dos años de prisión al hombre que incendió una furgoneta aparcada junto a una gasolinera en Villanúa (Huesca). En la sentencia de conformidad dictada, la juzgadora establece las penas de prisión por los dos delitos cometidos por el acusado y decreta a la vez la suspensión de la ejecución de las penas de prisión durante 3 años, suspensión condicionada al cumplimiento de una serie de obligaciones por parte del condenado: no delinquir durante 3 años, cumplir con las prohibiciones de aproximación y comunicación que le fueron impuestas y satisfacer las responsabilidades civiles establecidas en el plazo de dos años.
Esta suspensión de las penas fue acordada por la magistrada al estimar que el hombre condenado es un delincuente primario (que carece de antecedentes penales).
El pasado 1 de octubre el Tribunal de Instancia de Jaca celebró un juicio rápido en el que comparecieron el hombre investigado, como acusado, y el propietario de la furgoneta incendiada, como acusación particular. En la vista oral, el Ministerio Fiscal solicitó la condena del investigado como autor de dos delitos: uno de daños agravado y otro de amenazas no condicionales. La acusación particular, ejercida por el propietario de la furgoneta dañada, se adhirió en todos sus términos a la acusación ejercida por el Ministerio Fiscal y la defensa se conformó con las acusaciones manifestadas.
A la vista de la concordancia entre las partes, la magistrada dictó una sentencia de conformidad en la que condenó al acusado a 16 meses de prisión por el delito de daños, 8 meses de prisión por el delito de amenazas y al pago de la responsabilidad civil a los dos perjudicados. A estas penas se suman la prohibición de aproximarse al propietario de la furgoneta a menos a 300 metros y de comunicarse con él por un tiempo de 36 meses y la prohibición de aproximarse a la gasolinera Repsol de Villanúa a una distancia inferior a 300 metros, por un tiempo de 36 meses.
Finalizado el juicio tanto los letrados de las acusaciones como el de la defensa manifestaron su intención de no recurrir la sentencia por lo que la sentencia dictada es firme y las actuaciones se han remitido a la Sección Penal del Tribunal de Instancia de Huesca para su ejecución.