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Los perjuicios totales causados por los acusados al empleado ascienden a 13.000 euros
La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Zaragoza condena a un matrimonio hostelero a un año de prisión y le impone 4000 euros de responsabilidad civil por haberse apropiado indebidamente de 2.051,47 euros de un trabajador de su restaurante. Los acusados debían retener de la nómina del empleado esa cantidad de dinero e ingresarlas en la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Tesorería General de la Seguridad Social por una deuda que el trabajador tenía por descubiertos en el régimen de Autónomos en los años 2006, 2007 y 2008.
Los perjuicios totales causados por los acusados al empleado ascienden a 13.000 euros, habiendo sido abonada por el matrimonio la cantidad de 9.000 euros. Motivo por el cual, el Tribunal falla en su sentencia que concurre en ambos acusados la atenuante de reparación del daño.
La sentencia recoge como hechos probados que los acusados José-Antonio L. J. y Bárbara-Santiaga H. P. actuando de común acuerdo y con intención de obtener un beneficio económico, no ingresaron todos los importes retenidos que ascendían a 2.055,12 euros en la Seguridad Social, sino que los incorporaron a su propio patrimonio. Los magistrados indican que su actuación originó “un evidente perjuicio al trabajador ya que se incrementó la deuda con la Administración a 8.526,57 euros, de los cuales 5.138,11 euros eran deuda principal, 2.360,82 correspondía a intereses de demora y 1.027,64 euros eran consecuencia del recargo”.