La Audiencia de Sevilla condena a 21 meses de cárcel a un hombre por abusar sexualmente, acosar y allanar la vivienda de una mujer en Coria del Río

El acusado iba a ser enjuiciado por un jurado popular, pero la vista oral no se celebrará finalmente tras la conformidad alcanzada entre las partes

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Comunicación Poder Judicial

La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a 21 meses de cárcel a un hombre acusado de abusar sexualmente, acosar y allanar la vivienda de una mujer en la localidad de Coria del Río, hechos que iban a ser enjuiciados por un jurado popular, aunque la vista oral no se celebrará finalmente tras el acuerdo de conformidad alcanzado entre la Fiscalía, la acusación particular ejercida por la víctima, el abogado de la defensa y el propio condenado. 

En base a esta conformidad, el acusado ha sido condenado a un año de prisión, tres años de libertad vigilada y la prohibición de comunicarse o aproximarse a menos de cien metros de la víctima durante un plazo de dos años por un delito de abuso sexual; a seis meses de cárcel y la prohibición de comunicarse o aproximarse a menos de cien metros de la víctima durante un año y medio por un delito de allanamiento de morada; y a tres meses de prisión y la prohibición de comunicarse o aproximarse a menos de cien metros de la víctima durante un plazo de un año y tres meses por el delito de acoso. 

Asimismo, y en concepto de responsabilidad civil, el acusado deberá indemnizar a la víctima con 6.000 euros por daño moral y en la cantidad de 240 euros por los daños materiales provocados en su vivienda. 

La Audiencia considera probado en la sentencia que, desde fecha no determinada pero en cualquier caso anterior al verano de 2019 y hasta el 30 de septiembre de 2020, el acusado se situaba “frecuentemente” en el porche y en la azotea de su casa y se quedaba mirando “durante largos periodos de tiempo” al domicilio de la víctima “a fin de observarla”, algo de lo que tanto ella como su hija se percataban. 

Notas manuscritas “soeces” 

De igual modo, el condenado dejaba a su vecina notas manuscritas “soeces” por debajo de su puerta con distintos mensajes, todo lo cual llevó a la víctima a un estado de nerviosismo permanente y a ver perturbada su tranquilidad y su estado emocional. 

Asimismo, en hora no determinada pero próxima a las 1,25 horas del día 30 de septiembre de 2020, el acusado se dirigió al domicilio de la víctima y de su hija, donde se encontraban ambas, y se introdujo “subrepticiamente” en el mismo, saltando para ello el muro del patio trasero de la vivienda, de dos metros de altura, y apalancando la puerta de aluminio que daba acceso desde el patio interior, causando en su cerradura desperfectos que han sido tasados pericialmente en 60 euros, y todo ello “a sabiendas de que no contaba con el permiso de las moradoras” de la vivienda. 

Una vez dentro, y según la sentencia, el condenado deambuló por el domicilio y, tras observar que la víctima se había quedado dormida en el sofá del salón, a las 1,25 horas se situó en la puerta del salón, “se sacó el pene del pantalón y calzoncillo y comenzó a masturbarse mientras la observaba”, tras lo que, sobre las 2,30 horas, y “con la intención de satisfacer sus deseos lúbricos y aprovechando que seguía dormida, se descalzó, entró en el salón y le acarició suavemente en una pierna” hasta que la mujer “se percató del roce y comenzó a gritar”. 

En ese momento, el acusado huyó “apresuradamente” por el patio trasero de la casa, saltando al exterior por su muro y causando en su huida menoscabos en una barbacoa situada en el mismo que han sido tasados pericialmente en la cantidad de 180 euros. El condenado fue localizado poco después por la Policía en un descampado situado en la parte trasera de las viviendas, escondido entre la maleza. 

A consecuencia de estos hechos, la víctima presenta trastorno por estrés postraumático con síntomas de ansiedad, pesadillas, hiperactivación y reexperimentación.