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El Tribunal Supremo ha precisado las facultades de un juez para enjuiciar el convenio arbitral cuando se alega falta de jurisdicción por declinatoria.
La Sala Primera establece que corresponde al órgano judicial realizar, sin restricciones, un enjuiciamiento completo sobre la validez, eficacia y aplicabilidad del convenio arbitral y su papel no debe limitarse a una comprobación superficial de la existencia del mismo.
Se adjunta nota de la Sala.