El Tribunal Supremo plantea una cuestión prejudicial al TJUE sobre las cláusulas de vencimiento anticipado

En relación con un recurso planteado contra una sentencia de la Audiencia de Pontevedra que declaró la nulidad de la cláusula

Autor
Comunicación Poder Judicial

El Pleno de la Sala 1ª del Tribunal Supremo, en el curso de la deliberación, votación y fallo de un recurso de casación interpuesto por Abanca Corporación Bancaria contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Pontevedra, sección primera, de 14 de mayo de 2014, en la que, entre otras, se declaraba la nulidad de la cláusula de vencimiento anticipado, decidió dar traslado a las partes sobre el eventual planteamiento de una cuestión prejudicial de interpretación al TJUE, al amparo del artículo 4bis LOPJ.

Se adjunta nota de la Sala.