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La Sala Tercera revoca así la sentencia del TSJCyL, de 17 de mayo de 2017, que estimó parcialmente un recurso contencioso administrativo de la Federación regional Ecologistas en Acción
La Sala Tercera del Tribunal Supremo ha estimado el recurso de casación de la comunidad autónoma de Castilla y León y ha declarado ajustado a derecho el Decreto 32/2015, de 30 de abril, de la Junta de Castilla y León, por el que se regula la conservación de las especies cinegéticas de Castilla y León, su aprovechamiento sostenible y el control poblacional de la fauna silvestre, excepto el artículo 9.4 (en el particular relativo a las modalidades de palomas en migración invernal de pasos y la caza de acuáticas desde puestos fijos) cuya nulidad fue establecida en la instancia y no está incluido en el recurso de casación.
El Supremo revoca así la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, de 17 de mayo de 2017, que estimó parcialmente un recurso contencioso administrativo de la Federación regional Ecologistas en Acción Castilla y León, y declaró la nulidad de varios preceptos del Decreto impugnado, en concreto los artículos 13, 14,15 y 19.1.a) y b) y su Anexo, así como el citado 9.4, cuya nulidad sí se mantiene.