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El TSJ de Cataluña le había condenado a 2 años de inhabilitación
La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha equiparado la condena de inhabilitación de Artur Mas por el caso de la consulta del 9-N de 2014 a la de Francesc Homs, y la ha reducido a 1 año y 1 mes de inhabilitación por delito de desobediencia.
La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha resuelto los recursos de casación interpuestos por el expresidente de la Generalitat de Cataluña Artur Mas, la exvicepresidenta Joana Ortega y la exconsellera de Educación Irene Rigau contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que les condenó como autores de un delito de desobediencia a las penas de multa e inhabilitación especial.
El Tribunal Supremo ha confirmado todos los pronunciamientos de la sentencia impugnada a excepción de la concreta duración de las penas de inhabilitación especial que ha sido reducida quedando establecida en 1 año y 1 mes para Artur Mas; 9 meses para Joana Ortega y 6 meses para Irene Rigau. El TSJ les había condenado a 2 años de inhabilitación (Mas); 1 año y 9 meses (Ortega) y 1 año y 6 meses (Rigau).
En el caso del exconseller Francesc Homs, que fue enjuiciado por los mismos hechos en el Tribunal Supremo por su condición de aforado como diputado nacional, la pena de inhabilitación se fijó en 1 año y 1 mes.