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La Sala señala que corresponde al Juzgado de Instrucción nº 43 de Madrid
La Sala de lo Penal ha declarado su falta de competencia para juzgar al diputado de VOX Francisco Javier Ortega Smith-Molina por un supuesto delito leve de lesiones a un compañero de partido durante la celebración de un acto en el teatro La Latina de Madrid. En un auto, notificado hoy, la Sala señala que corresponde al Juzgado de Instrucción nº 43 de Madrid el conocimiento y fallo del mencionado juicio por delito leve.
Los magistrados recuerdan que la Sala no es competente para el conocimiento de un delito leve, según su doctrina en relación con las antiguas faltas que carecían de aforamiento y que la Ley de Enjuiciamiento Criminal atribuía a los Jueces de Instrucción o de Paz. Además, indica que la reforma del Código Penal de 2015, que suprimió las infracciones constitutivas de falta e introdujo algunas conductas de tal consideración entre los delitos, con la denominación de delitos leves, no afecta a dicha doctrina, puesto que la Ley de Enjuiciamiento Criminal establece la competencia de los Juzgados de Instrucción para el conocimiento y fallo por delito leve.
Así, señala que los artículos 962 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal “mantienen sustancialmente el mismo procedimiento del anterior juicio de faltas para los delitos leves, tanto en la competencia, derecho y actividad procesal, intervención de las partes, etc. La persona sometida al procedimiento de delitos leves, tampoco recibe la denominación de procesado, imputado, inculpado, ni siquiera la de investigado, sino de denunciado, por lo que los principios establecidos en nuestra jurisprudencia, antes citada, siguen siendo aplicables en la actualidad al juicio por delito leve”.