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Según la Sala, la relevancia pública del caso no justifica cualquier difusión de su imagen pública
El Pleno de la Sala Primera ha desestimado el recurso de casación interpuesto contra la sentencia que había apreciado intromisión ilegítima en el derecho a la propia imagen por la publicación de la fotografía, obtenida del perfil de Facebook, de una persona detenida e ingresada en prisión por una acusación de abusos sexuales a menores.
La Sala considera que la exigencia de tutelar el derecho de información no puede significar que se dejen vacíos de contenido los derechos fundamentales de quienes resulten afectados por el ejercicio de aquel.
Se adjunta nota y sentencia de la Sala.