Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
Utilizamos cookies propias y de terceros únicamente para realizar mediciones y análisis estadísticos de la navegación por las diferentes secciones de la página web con la finalidad de mejorar el contenido que ofrecemos. Al hacer click en 'Aceptar todas las cookies', consiente que todas las cookies se guarden en su dispositivo. Para configurarlas o rechazar su uso haga click en el botón 'Configurar Cookies'.
Para más información consulte nuestra política de cookies
Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
Las sentencias distinguen entre competencia y municipalización del servicio
La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo ha dictado cuatro sentencias que estiman los recursos contra las sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que estimaban los recursos interpuestos contra el Acuerdo del Consejo Metropolitano del Área Metropolitana de Barcelona S.A. de 6 de noviembre de 2012 y contra el acuerdo de 21 de mayo de 2013 del mismo.
El objeto de los recursos es el acuerdo del Consejo del Área Metropolitana de Barcelona de 8 de noviembre de 2012 sobre prestación del servicio integral del agua, la constitución de una sociedad de capital mixto, los estatutos de la nueva sociedad y el convenio suscrito por AMB y la SGAB.
Las sentencias sostienen que la competencia de las entidades locales en materia de agua es anterior a la Ley de Régimen Local de 1950 y que esa competencia no supone la asunción automática del servicio de abastecimientos de agua. Distinguen las sentencias entre competencia y municipalización del servicio.
Se adjunta nota de la Sala Tercera.