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La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo ha dictado un auto en el que acuerda plantear cuestión de inconstitucionalidad en relación con el artículo 6, apartados dos, seis y siete de la Ley 7/2011, de 26 de diciembre, del Impuesto sobre Instalaciones que incidan en el Medio Ambiente de la región de Murcia -hechos imponibles, base imponible y cuota tributaria- por posible vulneración de los artículos 133.2, 156.1, y 157.3 de la Constitución, en su relación con el artículo 6.3 de la Ley 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas, conforme a su redacción en la Ley Orgánica 3/2009, de 18 de diciembre, ante la eventual existencia de duplicidad impositiva entre el Impuesto sobre Actividades Económicas y el citado tributo autonómico.