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Según la Sala, determinados preceptos adolecen de indefinición sobre cuestiones como personal mínimo o personal técnico
La Sala de lo Contencioso administrativo del TSJCyL ha declarado nulo de pleno derecho el Decreto 2/2016 de autorización y funcionamiento de los centros de carácter social para la atención de las personas mayores de Castilla y León por su defectuosa calidad normativa al carecer de la imprescindible memoria económica.
Además, la Sala anula dicho decreto porque determinados preceptos adolecen de indefinición frente a la pormenorizada regulación contenida en el Decreto 147/2001 -al que deroga el impugnado- sobre personal mínimo, personal técnico, número máximo de personas que podrán ser atendidas por cada profesional, etc.
La Sala cree que no se justifica por qué el Decreto 2/2016 no regula aspectos esenciales que el anterior decreto sí regulaba.