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La Sala Primera considera que, en este caso, prima el derecho a la libertad de expresión de la asociación de consumidores
La Sala Primera del Tribunal Supremo ha rechazado el recurso de Ryanair que pedía que se condenase a la asociación de consumidores Facua por lesión de su derecho al honor, por sus comentarios relativos a que dicha compañía aérea “tomaba el pelo a sus clientes”, y que incurrían en “estafas” y “fraudes”. La sentencia considera que en este caso prima la libertad de expresión de la asociación de consumidores sobre el derecho al honor de Ryanair.
"Por más que emplease expresiones ofensivas si se toman en cuenta aisladamente -dice la sentencia sobre Facua-, dejan de serlo cuando se relacionan con las circunstancias subjetivas antes expuestas y con la indudable relevancia pública o interés general de la materia a las que se refieren, pues unas y otra son las que le atribuyen sentido como crítica de una actuación comercial que ha generado notorias discrepancias en el mercado".