Comunicado de la Sala Tercera del Tribunal Supremo sobre los recursos de Puigdemont, Comíns y Ponsatí

Autor
Comunicación Poder Judicial

La Sección Cuarta de la Sala Tercera del Tribunal Supremo ha decidido por unanimidad declarar que la competencia para conocer de los recursos contra la proclamación de la candidatura Lliures per Europa (Junts) corresponde a los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, tal como expresamente lo establece el art. 49 de la LOREG.

Ordena a los juzgados competentes para que resuelvan de inmediato esos recursos, teniendo en cuenta que en los señores Puigdemont i Casamajó, Comíns y Oliveres, señora Ponsatí i Obiols, a juicio de esta Sala, no concurre ninguna causa de inelegibilidad.