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Les impone un año y dos meses de prisión y multa de 2.400 euros por un delito contra los recursos naturales y el medio ambiente. Cometieron el delito por omisión, ya que conocían las deficiencias de saneamiento y no las resolvieron
El Juzgado de lo Penal número 12 de Valencia ha condenado a un año y dos meses de prisión y a 2.400 euros de multa al exalcalde de Alginet y al exconcejal de Urbanismo entre 2007 y 2010 por permitir el vertido de aguas fecales de una urbanización a un barranco.
Según la sentencia, durante años, los dos condenados por un delito contra los recursos naturales y el medio ambiente conocían las deficiencias de saneamiento y alcantarillado de las viviendas y los consiguientes vertidos de aguas residuales contaminantes y no los resolvieron. Cometieron el delito “por omisión”, subraya la jueza, que aprecia la atenuante de dilaciones indebidas porque la causa estuvo paralizada un año en el Juzgado de Instrucción.
Los vertidos de aguas fecales suponían, "por su naturaleza, por su magnitud y por su ubicación, un grave riesgo para el equilibrio de los sistemas naturales y la salud de las personas expuestas, por lo que era necesario construir una red de alcantarillado para su completa canalización y depuración, lo que los acusados no habían hecho hasta entonces ni hicieron después hasta la fecha de sus ceses".
El juez también condena al Ayuntamiento a indemnizar con más de 7.000 euros a una vecina, cuyo sótano se inundó con aguas procedentes de desechos orgánicos humanos en 2009.