Un juzgado prohíbe a Gas Natural emitir facturas de consumo con una demora superior a un año

Considera igualmente abusiva e ilícita la interrupción del suministro y la inscripción del cliente en un fichero de solvencia patrimonial en los casos en que no sean abonadas las facturas emitidas en estas circunstancias

Autor
Comunicación Poder Judicial

El Juzgado de lo Mercantil nº1 de A Coruña estima la demanda interpuesta por la Fiscalía contra Gas Natural y declara que la conducta consistente en facturar consumos de energía eléctrica generados en periodos anteriores a un año tomando como referencia la fecha en la que se expiden las facturas es abusiva y, por tanto, ilícita. Asimismo, considera igualmente abusiva e ilícita la interrupción del suministro y la inscripción del cliente en un fichero de solvencia patrimonial en los casos en que no sean abonadas las facturas emitidas en estas circunstancias.

La sentencia prohíbe a Gas Natural emitir en el futuro facturas de consumo de energía eléctrica con una demora superior a un año, así como la interrupción del suministro o la inclusión de los clientes en los mencionados ficheros. El juez también acuerda que el fallo se comunique al Ministerio de Industria y Energía, “por si procede imponer a la empresa demandada sanciones de carácter administrativo, de conformidad con lo establecido en la Ley 24/2013 del sector eléctrico”. La sentencia no es firme y contra ella cabe recurso ante la Audiencia Provincial de A Coruña.