Un juzgado de lo Social de Barcelona obliga a una empresa se reparto de comida a domicilio a readmitir a un grupo de trabajadores

Declara la nulidad de sus despidos y la vulneración de derechos fundamentales en la extinción de sus contratos

Autor
Comunicación Poder Judicial

El juzgado Social nº 31 de Barcelona ha dictado una sentencia en la que estima la demanda interpuesta por diez trabajadores de una empresa de reparto de comidas a domicilio y declara la nulidad de sus despidos y la vulneración de derechos fundamentales en la extinción de sus contratos.

Por este motivo condena la empresa demandada a readmitir a los trabajadores y abonarlos los salarios dejados de percibir desde su despido.