Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
Utilizamos cookies propias y de terceros únicamente para realizar mediciones y análisis estadísticos de la navegación por las diferentes secciones de la página web con la finalidad de mejorar el contenido que ofrecemos. Al hacer click en 'Aceptar todas las cookies', consiente que todas las cookies se guarden en su dispositivo. Para configurarlas o rechazar su uso haga click en el botón 'Configurar Cookies'.
Para más información consulte nuestra política de cookies
Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
Deberá pagar una multa de 6.500 euros
La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Bizkaia ha condenado a tres años de prisión y multa de 6.500 euros, con responsabilidad personal subsidiaria de un mes en caso de impago, a un ciudadano que guardaba 227,7 gramos de droga en el congelador de la vivienda en la que su novia tenía alquilada una habitación para después vender la droga a terceras personas.
Al inicio del juicio oral, el Ministerio Fiscal que en su escrito de acusación había solicitado una pena de cinco años de prisión, modificó sus conclusiones provisionales y, teniendo en cuenta que en el momento de la comisión de los hechos el acusado padecía dependencia a sustancias estupefacientes, rebajó la petición de condena a tres años de prisión.
La sentencia inhabilita también al acusado para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y al pago de las costas procesales.