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Así lo considera el tribunal ante la previsible prolongación de las sesiones del juicio y en atención al volumen de prueba que se debe practicar
La Sala de enjuiciamiento de la causa del Procés ha notificado un auto en el que habilita las horas de tarde que excedan de las 20 horas para celebrar sesiones de este juicio oral cuando excepcionalmente sea necesario.
El tribunal considera conveniente esa habilitación, prevista en el artículo 184.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, ante la previsible prolongación de las sesiones del juicio y en atención al volumen de prueba que se debe practicar.
También recuerda el derecho al proceso sin dilaciones indebidas.