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El tribunal confirma la resolución de instancia que en diciembre de 2015 ya desestimó la demanda de la atleta
La Audiencia Provincial de Palencia ha desestimado el recurso sobre protección del derecho fundamental a la intimidad y a la protección de datos de carácter personal interpuesto por la atleta Marta Domínguez Azpeleta contra la RFEA y la IAAF por la utilización de sus muestras de sangre para la elaboración de un pasaporte biológico.
La Sala señala que “no se aprecia ni desproporción ni vulneración de derechos fundamentales, y la actuación que se impugna se ha realizado con un fin constitucional legítimo y con la adecuada cobertura de legalidad”.
La Sala argumenta que “el derecho a la intimidad invocado como infringido se ha limitado con un fin legítimo mediante la extracción, conservación y utilización de muestras sanguíneas con la única finalidad legítima de detectar la posible utilización de algún método no reglamentario como la posible alteración de la composición natural de la sangre para obtener un mayor rendimiento deportivo”.
La Audiencia confirma pues la resolución del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 7 de Palencia que en diciembre de 2015 ya desestimó la demanda de la atleta.