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Ratifica el fallo del Juzgado Mercantil número 1 de Pontevedra que condenó a una conservera a indemnizar al Consello Regulardor de Mexillón de Galicia por competencia desleal
La sección primera de la Audiencia de Pontevedra ha confirmado que las conservas de mejillón no pueden emplear referencias a procedencia gallega si no cuentan con la certificación de la Denominación de Origen Protegida (DOP) de Mexillón de Galicia, la única que legalmente puede hacer uso de esas menciones.
La sentencia ratifica el fallo del Juzgado Mercantil número 1 de Pontevedra, que condenó en 2015 a la conservera Alimentos Javimar a indemnizar con 15.000 euros al Consello Regulardor de Mexillón de Galicia por competencia desleal al usar de forma fraudulenta la Denominación de Origen.