Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
Utilizamos cookies propias y de terceros únicamente para realizar mediciones y análisis estadísticos de la navegación por las diferentes secciones de la página web con la finalidad de mejorar el contenido que ofrecemos. Al hacer click en 'Aceptar todas las cookies', consiente que todas las cookies se guarden en su dispositivo. Para configurarlas o rechazar su uso haga click en el botón 'Configurar Cookies'.
Para más información consulte nuestra política de cookies
Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
Revoca el auto dictado el 27 de marzo porque la medida cautelar resultaba imposible
El Juzgado de lo Social 5 de Valladolid ha estimado el recurso de la Junta de Castilla y León, al que se adhirió el Ministerio Fiscal, y revoca el auto dictado el 27 de marzo en el que atendía la petición del sindicato CESMCyL de facilitar con urgencia al personal sanitario el material necesario para luchar contra el coronavirus.
En la resolución, la magistrada recuerda que “lo único que se solicitaba es que la Administración demandada pusiera a disposición del personal sanitario en el plazo de 24 horas los elementos de protección que se describían, y ambas partes convienen en sus escritos que el material sanitario de que disponía ya había sido entregado en la fecha del requerimiento y en cuanto a los pedidos realizados aún no habían sido recibidos”.
“Por consiguiente, se trata de una medida cautelar que, en los términos en los que se solicita, resultaba de ejecución imposible, lo que determina que, desde un punto de vista estrictamente jurídico, y en atención a todo lo alegado ya en fase de recurso, el auto deba ser revocado”, concluye.