El juzgado especializado en cláusulas suelo de Barcelona dicta su primera sentencia

La entidad financiera tendrá que anular la cláusula y devolver el dinero al cliente

Autor
Comunicación Poder Judicial

El Juzgado de Primera Instancia nº 50 de Barcelona ha anulado la cláusula de limitación del tipo de interés variable -cláusula suelo- de un contrato hipotecario firmado con el banco Sabadell el 6 de mayo de 2011.

Se trata de la primera sentencia dictada por un juzgado especializado en productos bancarios complejos en Barcelona, juzgados que fueron creados el pasado 1 de junio de 2017 como medida de refuerzo para hacer frente a las demandas en esta materia.

Además, la entidad financiera deberá devolver las cantidades cobradas de más junto con los intereses legales y recalcular la cuota del préstamo sin dicha cláusula.