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El ponente de la sentencia ha sido el magistrado Francisco Javier Orduña
El Pleno de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha resuelto un recurso de casación que planteaba si la responsabilidad por el incumplimiento de un contrato de suministro de energía eléctrica ha de dirigirse exclusivamente contra la entidad distribuidora de la energía –que en este caso no fue demandada y con la que el usuario no tenía relación-, o por el contrario, también puede dirigirse contra la entidad comercializadora, condición que ostentaban las dos entidades demandadas en el pleito y que resultaron condenadas en primera instancia, luego confirmada por la audiencia provincial.
El ponente de la sentencia ha sido el magistrado Francisco Javier Orduña Moreno.
Se adjunta nota informativa de la Sala de lo Civil.