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El tribunal considera que la cuidadora suministraba información sobre los hábitos de vida de sus víctimas para perpetrar el asalto, en el que falleció el anciano por asfixia
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha elevado de 18 a 19 años de prisión la pena impuesta a una empleada del hogar que abrió la puerta a otros tres condenados por el asalto a la casa del matrimonio que cuidaba y en el que falleció por asfixia el anciano, de 88 años de edad.
La sentencia condena por los mismos delitos de homicidio y robo violento en casa habitada en concurso con un delito de detención ilegal que la Audiencia Provincial de Castellón pero impone una pena más alta al apreciar en la conducta de la cuidadora la agravante de abuso de confianza junto a las otras dos de disfraz y de abuso de superioridad que ya se aplicaron en la sentencia recurrida.
Considera que la cuidadora se sirvió de lo sabido sobre las circunstancias y hábitos de vidas de sus víctimas para suministrar a los demás implicados en la causa la información necesaria para la ejecución del delito o delitos luego programados. Además, añade que se implicó activamente facilitando a estos el acceso a la vivienda durante la noche y que, pudiendo haber intervenido para tratar de cortar el curso de los acontecimientos, cuando supo directamente del grado de violencia utilizado, no lo hizo.
La Sala de lo Penal desestima los recursos de casación interpuestos por los otros tres condenados por lo que se confirman penas de la sentencia recurrida para todos ellos.