El Tribunal Supremo avala la selección de Agbar para la constitución de la sociedad mixta para la prestación del servicio del agua en el área metropolitana de Barcelona

Las sentencias distinguen entre competencia y municipalización del servicio

Autor
Comunicación Poder Judicial

La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo ha dictado cuatro sentencias que estiman los recursos contra las sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que estimaban los recursos interpuestos contra el Acuerdo del Consejo Metropolitano del Área Metropolitana de Barcelona S.A. de 6 de noviembre de 2012 y contra el acuerdo de 21 de mayo de 2013 del mismo.

El objeto de los recursos es el acuerdo del Consejo del Área Metropolitana de Barcelona de 8 de noviembre de 2012 sobre prestación del servicio integral del agua, la constitución de una sociedad de capital mixto, los estatutos de la nueva sociedad y el convenio suscrito por AMB y la SGAB.

Las sentencias sostienen que la competencia de las entidades locales en materia de agua es anterior a la Ley de Régimen Local de 1950 y que esa competencia no supone la asunción automática del servicio de abastecimientos de agua. Distinguen las sentencias entre competencia y municipalización del servicio.

Se adjunta nota de la Sala Tercera.