Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
Utilizamos cookies propias y de terceros únicamente para realizar mediciones y análisis estadísticos de la navegación por las diferentes secciones de la página web con la finalidad de mejorar el contenido que ofrecemos. Al hacer click en 'Aceptar todas las cookies', consiente que todas las cookies se guarden en su dispositivo. Para configurarlas o rechazar su uso haga click en el botón 'Configurar Cookies'.
Para más información consulte nuestra política de cookies
Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
Fue sacada a concurso en agosto de 2018
La Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Supremo ha anulado la adjudicación por el Consejo General del Poder Judicial a una magistrada de una plaza en la Sección de Apelación de la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, al corresponder la misma al magistrado Carlos M.P., de mejor número en el escalafón judicial. La sentencia ordena al Consejo General del Poder Judicial que adjudique la plaza, que fue sacada a concurso en agosto de 2018, a Carlos M.P.
El Supremo argumenta que el Consejo del Poder Judicial, al adjudicar la plaza a la magistrada (actualmente en la Audiencia de Barcelona y actual vocal del CGPJ), consideró erróneamente que la solicitud a la misma presentada por el otro candidato lo había sido extemporáneamente.
La sentencia indica que Carlos M.P. presentó su solicitud correctamente el último día de plazo, al interpretar que se había ampliado dos días respecto al plazo inicial debido a la presentación de una corrección de errores en el BOE del acuerdo de convocatoria que, según los magistrados, afectaba a dicha plaza.
La Sala explica que al candidato ocupaba en la fecha de los hechos el número 1.208 en el escalafón, y la magistrada el número 1.434. Y recuerda que el propio acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, de fecha 15 de noviembre de 2018, que entendió extemporánea la solicitud del candidato, reconoció que “si el aquí recurrente hubiera solicitado en plazo la plaza controvertida, habría sido, en cualquiera de los escenarios posibles, el adjudicatario de la misma, por ostentar el mejor derecho conforme a los distintos criterios que hipotéticamente se quieran aplicar”.