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La sentencia indica que las 'consultas ciudadanas' sobre asuntos de especial relevancia que entrañan una 'afección diferenciada' en la comunidad vecinal no requieren autorización del Estado
La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha dado la razón al Ayuntamiento de Basauri al determinar la legalidad de una consulta ciudadana sobre urbanismo convocada en julio de 2016 por el Consistorio sin permiso del Gobierno central.
La sentencia, contra la que cabe recurso de casación, confirma la viabilidad de la modalidad de consulta ciudadana prevista en el artículo 82 de la Ley de Instituciones Locales de Euskadi, como un tipo distinto a las 'consultas populares', que requieren autorización del Consejo de Ministros.
La sentencia indica que las 'consultas ciudadanas' sobre asuntos de especial relevancia que entrañan una 'afección diferenciada' en la comunidad vecinal no requieren autorización del Estado, por lo que pueden ser convocadas por los ayuntamientos por mayoría simple.
En concreto, la votación era sobre el Plan Especial de Renovación Urbana (PERU) de San Fausto, Bidebieta y Pozokoetxe.