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La Sala Civil y Penal considera que la sentencia, por la cual les acusaban de prevaricación judicial, es ajustada a derecho y los hechos no son constitutivos de delito
La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura ha inadmitido a trámite la querella presentada por un despacho de abogados contra tres magistrados de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Cáceres a los que acusaba de prevaricación judicial.
El TSJ de Extremadura señala en un auto que la sentencia sobre cláusula IRPH, por la cual los querellantes muestran su disconformidad, contiene “una pormenorizada fundamentación jurídica”, sin mostrar ninguna conclusión “absurda o insostenible jurídicamente”.
Por tanto, concluye la Sala, no se admite a trámite la querella “por no ser los hechos constitutivos de delito”.
Contra esta resolución cabe recurso de casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo.