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Considera que no existe prueba que la huelga fuera convocada en fraude de ley y exclusivamente con finalidad política
La Sala Social del TSJ de Cataluña ha desestimado la demanda interpuesta por Fomento del Trabajo contra Sindicato Intersindical-CSC y el Comité de Huelga en relación a la convocatoria de huelga del pasado 8 de noviembre.
La sentencia considera que no existe prueba que la huelga fuera convocada en fraude de ley y exclusivamente con finalidad política. La citada resolución también recoge la desestimación de la existencia de una huelga abusiva por el hecho de haberse convocado en días sucesivos y desconvocarse en determinadas fechas.
Asimismo, el tribunal no aprecia la existencia de mala fe por parte del demandante en sus pretensiones dirigidas contra el comité de huelga.