El TSJ de Castilla y León ordena repetir el juicio a un policía nacional absuelto de mentir en un juicio en el que había declarado cono testigo

La Sala anula la sentencia de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valladolid que le absolvió del delito de falso testimonio

Autor
Comunicación Poder Judicial

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha anulado una sentencia de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valladolid que absolvió del delito de falso testimonio a un policía nacional juzgado por mentir en un juicio en el que había declarado como testigo.

Los hechos se remontan a 2014, durante una manifestación ante un restaurante de la capital en el que se encontraban dirigentes de un partido político. Uno de los manifestantes fue denunciado y posteriormente juzgado por un delito contra la autoridad por propinar un pisotón a un policía. El manifestante fue absuelto. Y entonces denunció por falso testimonio al agente que declaró haber sido agredido durante la protesta. El procedimiento siguió adelante y sentó en el banquillo de la Audiencia al policía, para el que la acusación particular solicitaba tres años de cárcel. La Sala, en diciembre del año pasado, le absolvió del delito de falso testimonio. No obstante, uno de los magistrados emitió un voto particular al discrepar del criterio mayoritario y defender una sentencia condenatoria.

Ahora, el TSJCyL considera que "nada impedía al tribunal que debía juzgar la existencia o no de un delito de falso testimonio presuntamente cometido por el citado agente policial entrar a valorar las pruebas practicadas ante él para decidir si el mismo faltó o no a la verdad en su declaración en el juicio celebrado ante el Juez de Penal". Y añade que "resulta obvio que la motivación para absolver al acusado carece de racionalidad y es insuficiente, sin que pueda este Tribunal de Apelación suplir tal omisión, puesto que ello supondría una valoración de pruebas no presenciadas por él, siendo algo no permitido a la vista de la regulación de la apelación contra sentencias absolutorias ya expuesta".

La Sala estima el recurso del fiscal, anula la sentencia y ordena celebrar un nuevo juicio con un tribunal integrado por magistrados diferentes.