Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
Utilizamos cookies propias y de terceros únicamente para realizar mediciones y análisis estadísticos de la navegación por las diferentes secciones de la página web con la finalidad de mejorar el contenido que ofrecemos. Al hacer click en 'Aceptar todas las cookies', consiente que todas las cookies se guarden en su dispositivo. Para configurarlas o rechazar su uso haga click en el botón 'Configurar Cookies'.
Para más información consulte nuestra política de cookies
Salir rápido
Pulsa este botón en cualquier momento para abandonar de inmediato esta página
Recuerda borrar tu historial de navegación para no dejar rastro después de informarte
Vulnera su derecho a la intimidad e imagen
El Tribunal Supremo ha condenado a un periódico por publicar fotografías de una víctima del atentado 11-M, que se encuentra en estado vegetativo, sin el consentimiento de sus padres. El alto tribunal estima que el medio, con la publicación del artículo, ha incurrido en una intromisión ilegítima en el derecho a la intimidad e imagen de la víctima.
La Sala Primera señala que al tratarse de una persona desvalida de modo irreversible, “la falta de autorización, expresa o tácita de sus padres que ejercen la tutela, sus propias manifestaciones obstativas a que se divulgara la situación personal de su hija, no pueden alterar la prevalencia del derecho a la intimidad frente al derecho de la información”.