El Juzgado de Instrucción nº 2 continúa la causa contra el exalcalde de Granada y los exconcejales de la Junta de Gobierno por el ‘caso Serrallo’

Continúa la causa contra el exalcalde y la exconcejal de Urbanismo por delitos contra la ordenación del territorio, prevaricación urbanística, malversación de caudales públicos, prevaricación, fraude en la contratación, falsedad en documento oficial y tráfico de influencias. Respecto a los miembros de la Junta de Gobierno Local continúa la causa contra ellos por un delito de prevaricación urbanística

Autor
Comunicación Poder Judicial

La titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Granada ha dictado un auto por el que continúa la causa contra diecisiete personas, entre las que se encuentran el exalcalde de Granada, la exconcejal de Urbanismo así como los integrantes de la Junta de Gobierno Local. La juez da veinte días a las partes para que soliciten la apertura del juicio oral, formulando escrito de acusación o el sobreseimiento de la causa, sin perjuicio de que puedan solicitar excepcionalmente la práctica de las diligencias complementarias que consideren imprescindibles para formular la acusación al estar declarada la causa compleja.

Para el exalcalde de Granada, la exconcejal de Urbanismo, cinco funcionarios y un empresario, la juez pide que continúe la causa por los delitos de prevaricación urbanística, contra la ordenación del territorio, malversación de caudales públicos, prevaricación, fraude en la contratación, falsedad en documento oficial y tráfico de influencias, mientras que para el que fuera gerente de Urbanismo y el empresario pide que se continúe también por un delito de cohecho. Para los nueve miembros de la Junta de Gobierno Local pide que se continúe la causa por un presunto delito de prevaricación urbanística. Como responsables civiles o participes a título lucrativo, la juez cita a los representantes legales y administradores de las Sociedades TALER REAL STATE SL, MULTIAVENTURAS SERRALLO PLAZA Y UPPER CLUB S.L.

La juez considera que por parte del Ayuntamiento de Granada, en el año 2006, se procedió a la adjudicación a la sociedad propietaria del Centro Comercial Serrallo Plaza, de una concesión administrativa en los Espacios Libres SG-11 para hacer un parque de atracciones infantil. "El promotor no procedió a la ejecución de la concesión indicada hasta que estuvo construido y finalizado el centro comercial Serrallo Plaza, pudiéndose concluir, vista la documental obrante en las actuaciones e informes al respecto, que el parque en cuestión, presuntamente, no se ha realizado conforme a la concesión otorgada", explica el auto.

Así, señala que "queda acreditado, que en la zona destinada a zona verde perteneciente al Sistema General de Espacios Libres SG-11 lo que verdaderamente se ha permitido construir es, de un lado, una sala de fiestas /discoteca y de otro, un pabellón cubierto de pista de patinaje con bar cafetería. Con lo cual, presuntamente, se está contraviniendo lo establecido en el PGOU de Granada".

En definitiva, "presuntamente, se ha sustraído al uso público y general gran parte de un Sistema General de espacios libres con una parcelación ilegal del mismo que ha permitido unas construcciones que ni en su volumen ni en su destino a uso terciario lucrativo de discoteca- sala de fiestas así como de pabellón cubierto de patinaje con bar –cafetería, se ajustan al planeamiento general, el cual contravienen y no respetan la concesión ni en cuanto a su objeto exclusivo de parque infantil ni en cuanto al objeto de la concesión existente ni en cuanto a su adjudicatario único por lo que habría supuesto una alteración sustancial del Pliego y del precio de la adjudicación del mismo".

El auto incide en que "se ha ocupado con las tres construcciones anteriores un total de unos 1.509,23 metros cuadrados lo que produce un claro exceso de ocupación y de volumen construido en el espacio libre público –parque, no permitido por el ordenamiento urbanístico vigente. Es más se introducen usos claramente prohibidos como es el de sala de fiesta incumpliendo el PGOU y produciendo una muy grave actuación de especulación urbanística de las zonas verdes de la ciudad de Granada".

En conclusión, señala "se puede decir que se ha producido una apropiación de suelo de espacios libres para usos lucrativos, ejecutándose dichos actos al amparo de la norma del Plan General que han producido un resultado prohibido o contrario a dicho Plan y, por tanto, se consideran, presuntamente, ejecutados en fraude de ley".