El CGPJ y la Generalitat de Cataluña buscarán fórmulas de colaboración para mejorar la eficiencia de los medios personales y materiales que dependen de la Administración autonómica

El órgano de gobierno de los jueces recuerda, no obstante, que la labor de inspección de Juzgados y Tribunales le corresponde en exclusiva. La ley también exige la previa autorización del Consejo para el acceso a los datos de gestión procesal

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Comunicación Poder Judicial

El Consejo General del Poder Judicial y la Generalitat de Cataluña buscarán fórmulas de colaboración que permitan mejorar la eficiencia de los medios personales y materiales que dependen de esa Administración autonómica en el ámbito de la Justicia, respetando siempre sus respectivas competencias en este campo.

Así se ha acordado en la reunión mantenida hoy en la sede del órgano del gobierno de los jueces por una representación del CGPJ formada por los vocal José María Macías y Gerardo Martínez Tristán; el secretario general de este órgano, Joaquín Vives de la Cortada; la jefa del Servicio de Inspección, Esperanza Córdoba; y el director del Gabinete Técnico, Gervasio Martín; con el secretario general de la Consellería de Justícia de la Generalitat, la secretaria de Relaciones con la Administración de Justicia y el coordinador de evaluación y mejora continua de este departamento, que han explicado los pormenores del sistema de evaluación y mejora que tienen previsto poner en marcha en los órganos judiciales con sede en Cataluña.

Durante el encuentro, los representantes del CGPJ han recordado que la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) atribuye a este órgano en exclusiva, en su artículo 560.1.8ª, la competencia para “ejercer la alta inspección de Tribunales, así como la supervisión y coordinación de la actividad inspectora ordinaria de los presidentes y Salas de Gobierno de los Tribunales”.

Por su parte, el artículo 171 de la LOPJ señala que “el Consejo General del Poder Judicial ejerce la superior inspección y vigilancia sobre todos los Juzgados y Tribunales para la comprobación y control del funcionamiento de la Administración de Justicia”.

Además, la misma norma establece, en los artículos 236.bis y siguientes, que el acceso a los datos de gestión procesal requiere de la autorización del Consejo General del Poder Judicial.

El órgano de gobierno de los jueces, en cualquier caso, valora los fines y objetivos del proyecto que hoy ha presentado la Consellería de Justícia de la Generalitat catalana, y considera que debe desarrollarse en un marco de colaboración y lealtad institucional con respecto a las respectivas competencias que tienen atribuidas el Consejo y la Administración autonómica.

El CGPJ, por último, se pronunciará próximamente sobre el acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña del pasado 30 de mayo, por el que se denegó a la Generalitat la autorización para acceder a sus sistemas de gestión para evaluar el trabajo en los Juzgados que tienen su sede en Cataluña. Para ello, el órgano de gobierno de los jueces ya ha solicitado un informe al Gabinete Técnico.