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La LOREG determina la constitución de las Juntas Electorales Provinciales tres días después de la convocatoria de elecciones
La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial ha procedido hoy a la designación de los vocales de procedencia judicial -tres titulares y tres suplentes- que integrarán las Juntas Electorales Provinciales, constituidas como consecuencia de la convocatoria de elecciones generales para el próximo 29 de noviembre.
La Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) dispone en su artículo 14 que las Juntas Electorales Provinciales se constituirán inicialmente con los/as vocales judiciales en el tercer día siguiente a la convocatoria de elecciones. La disolución del Congreso de los Diputados y del Senado y la convocatoria de elecciones se ha dispuesto mediante Real Decreto 806/2026, de 5 de octubre, y ha entrado en vigor el día 6, día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
La designación de los vocales judiciales de las Juntas Electorales Provinciales corresponde a la Comisión Permanente del CGPJ, que se ha reunido hoy a tal fin con carácter extraordinario. Dicha designación se ha realizado entre los magistrados y magistradas que componen las Audiencias Provinciales y, en su defecto, entre los/as titulares de los órganos jurisdiccionales unipersonales de la capital de la provincia.
Según la LOREG, las Juntas Electorales Provinciales estarán formadas por tres vocales judiciales y presididas por uno de ellos; y por dos vocales nombrados por la Junta Electoral Central, una vez proclamadas las candidaturas, entre catedráticos y profesores titulares de Derecho o de Ciencias Políticas y de Sociología o juristas de reconocido prestigio residentes en la provincia.