Las comisiones de ética judicial de España y de Iberoamérica advierten de la importancia de la dimensión ética de la función judicial

Las conclusiones del tercer encuentro entre ambas instituciones, celebrado en Madrid en marzo, advierten de que “constituye un reto insoslayable”

Autor
Comunicación Poder Judicial

La Comisión de Ética Judicial (CEJ) y la Comisión Iberoamericana de Ética Judicial (CIEJ) mantuvieron los pasados días 20 y 21 de marzo en el Consejo General del Poder Judicial y en el Tribunal Supremo un encuentro durante el que abordaron cuestiones de interés común, como son la organización del trabajo y la elaboración de los dictámenes, así como los desafíos éticos del estatuto de los jueces.

Entre otras conclusiones, la CEJ y la CIEJ consideran que, si bien los estatutos del juez, tanto los de cada país como los de las regiones de Europa y América, deben contribuir a salvaguardar la independencia de los miembros de este colectivo, es también un deber del propio juez asegurar su independencia, su imparcialidad y sui integridad. En todo caso, para ambas comisiones la dimensión ética de las funciones judiciales “constituye un reto insoslayable”.

Señalan también la importancia de contar con un estatuto supranacional del juez tanto en Europa como en América para la promoción de la independencia judicial y se comprometen a procurar la difusión de sus trabajos y dictámenes dada la importancia de divulgar su labor consultiva a través de todas las vías a su alcance.

A continuación, reproducimos en su integridad las principales conclusiones del encuentro:

-      Consideran que los métodos de trabajo de ambas Comisiones han de adaptarse a las particularidades de los procedimientos de consulta establecidos por sus respectivos Códigos de Ética Judicial. No obstante, ambas comisiones deben hacer los distintos abordajes posibles que tengan en cuenta como eje las virtudes tradicionales, adaptadas al prisma judicial, de prudencia, fortaleza, templanza y justicia, y deben ofrecer la solución al dilema ético o, en su caso, el procedimiento más seguro para que, siguiendo determinados parámetros, cada uno de los jueces pueda decidir convenientemente.

-      Comprueban que la fase de divulgación de la labor consultiva de ambas Comisiones resulta esencial por lo que se comprometen a procurar la difusión de sus trabajos y dictámenes en las respectivas Escuelas Judiciales siendo, además, de gran interés y alcance canalizarlos a través de la Red de Escuelas de la Cumbre Judicial Iberoamericana y de la Red Iberoamericana de Integridad Judicial, así como a través de cualesquiera otras instituciones internacionales y supranacionales con relevancia para el estatuto del poder judicial.

-      Destacan que el Estatuto del Juez en cada país y en ambas regiones, América y Europa, debe contribuir a la salvaguarda de la independencia pero también es deber del propio juez asegurar su independencia, su imparcialidad y su integridad. En todo caso, la dimensión ética de las funciones judiciales, especialmente en lo que se refiere a la protección y a la calidad de los datos y a la necesaria interacción y diálogo entre los jueces, constituye un reto insoslayable.

-      Recuerdan, a tal efecto, la importancia de contar con un estatuto supranacional del juez tanto en Europa como en América para la promoción de la independencia judicial, tal como ha sido reforzada por la más reciente jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el respeto del Convenio Europeo de Derechos Humanos, de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea y, en definitiva, en defensa del Estado de Derecho y de la separación de poderes. De este modo, la ‘jurisprudencia ética’ desarrollada por ambas Comisiones debe inspirarse y apoyar los esfuerzos por asegurar un juicio justo y la tutela judicial efectiva tal y como resulta interpretado este derecho fundamental por la jurisprudencia los Tribunales supranacionales europeos y por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

-      Sostienen que las relaciones entre la Comisión Iberoamericana y la Comisión Española de Ética Judicial se fundan en la existencia de un denominador común basado Comisión de Ética Judicial 3 en tradiciones constitucionales compartidas que reflejan un núcleo esencial de la ética judicial y que reclama de quienes ejercen la función judicial aspirar a la excelencia profesional inspirándose y respetando los principios de independencia, imparcialidad e integridad.   

En el citado encuentro, el tercero entre la CEJ y bla CIEJ, asistieron Eduardo D. Fernández (Argentina); Octavio Augusto Tejeiro (Colombia); Luis Porfirio Sánchez (Costa Rica); Farah Maritza Saucedo (Cuba); María Eugenia López (Panamá); José Manuel Monteiro (Portugal); Justiniano Montero (República Dominicana); Elena Martínez (Uruguay); y, en calidad de secretario ejecutivo, David Ordoñez (España). También participaron como asociadas a la CIEJ, Maria Thereza Rocha de Assis, presidenta del Tribunal Superior de Justicia de Brasil, y la delegada nacional en la Comisión, miembro de la Red Iberoamericana de Integridad Judicial y ministra de la Corte Suprema de Chile, Adelita Ravanales.

Por parte de la Comisión de Ética Judicial de España asistieron su presidente y magistrado del Tribunal Supremo, Antonio del Moral, así como el también magistrado del Tribunal Supremo Eduardo de Porres; las magistradas y magistrados María José Rivas, Eva María Atarés y Francisco Javier Pereda, y la catedrática de Filosofía del Derecho Cristina Hermida. También participó en las reuniones la anterior presidenta de la CEJ y magistrada emérita del Tribunal Supremo, Celsa Pico.