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Anula la sentencia de la Audiencia Nacional que absolvió a Beinat Aguinagalde por estimarse que vulneró el derecho a la tutela judicial efectiva al excluir como prueba de cargo la identificación fotográfica que hizo una testigo del acusado
El Tribunal Supremo ha anulado la sentencia de la Audiencia Nacional que absolvió a Beinat Aguinagalde del atentado contra el ex concejal del PSE en Mondragón Isaías Carrasco, cometido el 7 de marzo de 2008, y reivindicado por ETA en el diario "Gara". El alto tribunal ordena a la Audiencia que, por otro tribunal distinto al que dictó la absolución, de modo que se garantice absolutamente su imparcialidad, se celebre un nuevo juicio y se dicte una nueva sentencia.
La sentencia de la Audiencia Nacional es anulada por estimarse que vulneró el derecho a la tutela judicial efectiva al excluir de forma no motivada como prueba de cargo la identificación fotográfica que hizo una testigo del acusado. El Supremo señala que la gravedad de los hechos -un atentado terrorista con una víctima mortal- "exige una valoración muy minuciosa y detallada de la prueba de cargo concurrente, sin recurrir a fórmulas estereotipadas ni excluir de la valoración pruebas de cargos legalmente válidas".
La sentencia ha contado con el voto particular discrepante del magistrado Perfecto Andrés Ibáñez, partidario de confirmar la sentencia absolutoria, y otro voto del magistrado Alberto Jorge Barreiro, que coincide con la mayoría en que hubo vulneración de la tutela judicial efectiva por falta de motivación, pero entiende que la consecuencia es que el mismo tribunal de la Audiencia y no otro distinto dictase nueva sentencia.