Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Penal, 02-04-2019 (rec. 2286/2018)

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Egilea
Tribunal Supremo (España). Sala de lo Penal
Txostengilea
Vicente Magro Servet
Urtea
2019

EtiquetasEtiketak:  etxeko indakeria jasan duten biktimak, etxeko eta genero indarkeriaren aurkako behatokia, jurisprudentzia, herritarra eta justizia

La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha señalado en una sentencia fechada el 2 de abril que cuando han existido episodios previos de maltrato no puede dudarse de la veracidad de la declaración de la víctima. Y lo mismo cuando esta se retrasa en denunciar por las particularidades de este tipo de delitos en pareja. Los magistrados destacan una serie de cuestiones en los hechos de violencia de género y la reacción judicial de la víctima en torno a su credibilidad.