Un jurado popular enjuiciará en noviembre a dos acusados de asesinar en 2021 a un hombre en Dos Hermanas (Sevilla)

Los acusados, que se enfrentan a penas de 25 y 20 años de cárcel, son la esposa de la víctima y un amigo que mantenía una relación con la mujer

Egilea
Comunicación Poder Judicial

Un jurado popular enjuiciará a partir del próximo día 3 de noviembre en la Audiencia Provincial de Sevilla al hombre y a la mujer acusados de asesinar a un varón en el mes de noviembre de 2021 en la localidad de Dos Hermanas, hechos por los que la Fiscalía reclama 25 años de cárcel para la mujer, que era esposa de la víctima, y 20 años de prisión para el acusado, que mantenía una relación sentimental “oculta” con esta última y que a su vez era amigo del fallecido. 

De este modo, el juicio comenzará el día 3 de noviembre con la constitución del jurado popular y la presentación de las alegaciones previas por las partes personadas, tras lo que los días 4, 5 y 6 comparecerán los testigos, el día 10 los peritos y el día 11 los dos acusados por estos hechos, quienes se encuentran en prisión provisional por esta causa desde el día 14 de enero de 2022. 

En su escrito de acusación, el Ministerio Público solicita para la acusada 25 años de cárcel por un presunto delito de asesinato con la agravante de parentesco, mientras que para el encausado pide 20 años de prisión por el mismo delito. Además, reclama que, en concepto de responsabilidad civil, ambos indemnicen con un total de 255.130 euros a la familia del fallecido. 

La Fiscalía relata en su escrito que la acusada estaba casada con la víctima, de 43 años de edad y con quien convivía en una vivienda en el municipio de Dos Hermanas, a pesar de lo cual “desde hacía varios años simultaneaba una relación sentimental, que mantenían oculta, con el también acusado, quien, a su vez, tenía una gran relación de amistad con la víctima desde hacía años, tratándose como hermanos y habiendo llegado, incluso, a vivir unos meses” con el matrimonio en el domicilio de éste. 

Según asevera, “el grado de intimidad emocional y sentimental que se había creado entre los acusados dio lugar a que consideraran, por diversas razones, que la existencia” del fallecido “obstaculizaba su relación amorosa”, motivo por el que ambos “comenzaron a idear un plan con el único fin de acabar” con su vida, un plan que “decidieron poner en marcha” el día 5 de noviembre de 2021. 

El Ministerio Público precisa que, ese día, los acusados, tras haberse ido la víctima a trabajar, “estuvieron juntos durante gran parte del día”, indicando que, tras haber estado trabajando y tomando alguna cerveza con unos amigos, el fallecido llegó a su casa, momento en el que su esposa le propuso salir a tomar algo, abandonando los dos el domicilio y dejando allí la acusada su teléfono móvil “apagado, todo ello con la intención de evitar que se la pudiera situar en un lugar determinado”. 

Así, y siendo las 20,11 horas, ambos se montaron en el coche y se dirigieron hacia un bar donde se encontraban en ese momento varios amigos y donde permanecieron hasta las 23,48 horas, consumiendo el finado durante ese tiempo “abundante alcohol”, de forma que, “aprovechando esta ocasión idónea”, la acusada, “usando para ello el teléfono que previamente le había quitado a su marido, salió del local y se puso en contacto” con el investigado, “decidiendo ambos que, dado el estado de embriaguez” del fallecido y que el vehículo de éste se encontraba aparcado en un descampado cercano, “era el momento adecuado para llevarlo hasta allí y acabar con su vida”. 

Sin posibilidad de defensa 

La Fiscalía indica en su escrito que, seguidamente, la acusada volvió al interior del local y salió con su marido, “que se encontraba gravemente afectado por el consumo de bebidas alcohólicas”, llevándolo hacia una parcela anexa al descampado donde habían aparcado el coche, lugar al que el acusado ya se había desplazado en su propio vehículo, “en el que los estaba esperando tras haber dejado también su teléfono móvil en casa apagado para evitar ser localizado”. 

Según el Ministerio Público, “en ese momento, ambos acusados, valiéndose del hecho de que se trataba de un lugar oscuro, apartado y solitario, y con claro ánimo de acabar con su vida o conociendo y asumiendo que, como consecuencia de su conducta, podrían quitarle la vida, mientras uno de ellos lo sujetaba por los brazos y mantenía un forcejeo con él, el otro le propinaba por detrás dos fuertes golpes en la cabeza con un objeto contuso y de peso importante que le causó, de forma inmediata, la pérdida del conocimiento, impidiéndole además cualquier acto de defensa”. 

En este sentido, expone en su escrito que, “debido a la confianza entre ellos”, el finado “nunca pudo esperar una reacción agresiva por parte de sus atacantes”, añadiendo que “la actuación de ambos acusados fue tan contundente y los golpes tan fuertes que la mínima defensa que pudo ejercer” la víctima al comienzo de la agresión “fue insuficiente para repeler mínimamente el ataque”, a lo que se suma que “presentaba sus facultades muy afectadas por la ingesta de alcohol, lo que le impedía deambular y moverse adecuadamente, por lo que su capacidad de reacción y defensa se encontraba prácticamente anulada, quedando en una situación de total indefensión que se veía agravada por el hecho de que sus agresores eran superiores en número (...)”. 

La Fiscalía afirma que, “inmediatamente después, ambos acusados se montaron” en el coche del fallecido y abandonaron el lugar, tras lo que, una vez llegó a su vivienda y “con ánimo de eliminar cualquier sospecha sobre ella”, la acusada encendió su teléfono móvil y le envió un mensaje a su marido a las 00,11 horas pidiéndole que no volviera tarde a casa. 

El fallecido fue hallado la mañana del día 6 de noviembre de 2021 en el descampado, “presentando una herida en la cabeza de grandes dimensiones, con bastante sangre, y con el rostro desfigurado por los golpes, si bien aún con vida”, siendo trasladado a un centro hospitalario, pero “como consecuencia de la agresión sufrió un traumatismo craneoencefálico severo que le provocó una lesión irreversible en los centros nerviosos vitales y que le condujo irremediablemente a la muerte”, lo que se produjo el día 11 de noviembre. 

Para finalizar, la Fiscalía asevera que los acusados, al tiempo de cometer los hechos, “no presentaban ningún antecedente de trastorno mental, ni ninguna anomalía ni alteración psíquica que influyera sobre su capacidad intelectiva ni volitiva, alterasen su juicio de la realidad o influyesen en la capacidad de conocer y de actuar, comprendiendo la ilicitud de su acción y queriendo su resultado”.