Berriak
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- Nota informativa de la Sala Cuarta
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- Los recurrentes alegaban que la reforma impugnada infringía la ley de la Radio y la Televisión de Titularidad Estatal al asumir interinamente las funciones ejecutivas de la Presidencia una persona que no había sido designada por el Congreso
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- La Sala afirma en su sentencia, ponencia del magistrado Fernando Marín Castán, que comparte los razonamientos de la sentencia recurrida y aprecia que los hechos declarados probados “reflejan pluralidad de agresiones sexuales, vejaciones constitutivas de trato degradante y maltratos”
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- La magistrada concluye que no se produjo ninguna “infracción objetiva del deber de cuidado” que pueda ser perseguida penalmente. Las llamas se originaron de forma accidental en una regleta eléctrica situada tras la mesita de una de las habitaciones de la residencia. Los perjudicados pueden acudir ahora a la vía civil
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- Euskal Autonomia Erkidegoko Auzitegi Nagusiak (EAEAN) berretsi egin du Bizkaiko Auzitegiak saiakuntza graduan egindako erailketa delituagatik eta talde kriminaleko kide izategatik zigortutako sei lagunetatik biri ezarritako 20 urteko espetxe-zigorra, bai eta zazpigarren auzipetu bati sorospen-betebeharra ez betetzeagatik ezarritako 12 hilabeteko isuna ere, eguneko 10 eurokoa
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- El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) rechaza el recurso interpuesto por los dos condenados contra la sentencia de la Audiencia de Álava y estima que la valoración de la prueba llevada a cabo por el tribunal de instancia es “razonable”, “razonada” y “suficiente” para enervar la presunción de inocencia de los recurrentes
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- Asegura que “existen indicios” de que el vínculo entre la víctima y el investigado “tenía el componente exigido de la afectividad”. Considera preferible que el órgano especializado resuelva las dudas sobre si tenían o no una relación de pareja y valore la aplicación de la agravante de parentesco
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El Tribunal Supremo declara delictivo el ‘stealthing’
- La sentencia será notificada y publicada en las próximas semanas
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- El recurso que el TSXG ha suspendido por prejudicialidad fue interpuesto por el Instituto Nacional de la Seguridad Social contra una sentencia emitida por el Juzgado de lo Social número 3 de Ourense
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- La Sala Penal ratifica la indemnización de 100.000 euros por el “calvario” que la hizo padecer