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La Sala argumenta que el contenido de la querella formulada no revela los presupuestos necesarios para la adopción de una medida cautelar como la instada
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha desestimado la medida cautelar instada por la asociación de Abogados Cristianos para obligar al Gobierno al reparto de material sanitario en determinados centros asistenciales. Dicha medida cautelar se reclamaba dentro de una querella que la citada asociación ha presentado contra el presidente del Gobierno, dos vicepresidentes y varios ministros por delitos de omisión del deber de socorro y prevaricación en relación a la crisis del coronavirus.
En una providencia, la Sala argumenta que el contenido de la querella formulada no revela los presupuestos necesarios para la adopción de una medida cautelar como la instada, que el tribunal considera que desborda con claridad los márgenes y objeto de este proceso penal, así como la competencia de la propia Sala de lo Penal del Supremo.
Tras desestimar la medida cautelar, el Supremo seguirá los pasos para decidir en su momento si procede admitir a trámite o no la querella.