Sentencia analizada  TS Civil: Confirma sentencia de la Audiencia Provincial que estimó demanda reconvencional de resolución del contrato. El recurrente introdujo en el requerimiento notarial una mención al art. 1504 CC., y la pretendida vaguedad de la redacción solo puede perjudicar a quien lo redactó (vendedor) y no a quien lo recibió (comprador). Resolución instada extrajudicialmente por la vendedora, quien con un acto jurídicamente eficaz se vinculó al resolver el contrato de compraventa.

Organo jurisdikzionala
Tribunal Supremo (España). Sala de lo Civil
Orden jurisdikzionala
Civil
Errekurtsoaren zenbakia
1376/2010
Ebazpen mota
Sentencia
Txostengilea
Francisco Javier Arroyo Fiestas
Identificador
28079110012013100004
Ebazpenaren zenbakia
6
Urtea
2013

EtiquetasEtiketak:  jurisprudentzia, gaur egungo epaiak