El Supremo rebaja la pena a seis meses de prisión por publicar en Twitter mensajes en los que justificó la actuación de ETA

La Sala concluye que la circunstancias excepcionales del joven (abandonado por su familia biológica, en conflicto con su familia adoptiva y con problemas de salud mental) los sentimientos de odio resultan explicables

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Comunicación Poder Judicial

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha rebajado a seis meses la pena de un año y seis meses que la Audiencia Nacional impuso a Daniel B por publicar en Twitter mensajes en los que justificó la actuación de la organización terrorista ETA y realizó comentarios vejatorios sobre las víctimas, y le absuelve de un delito de amenazas.

La Sala estima parcialmente el recurso de casación del condenado y concluye que ante las circunstancias del joven que son excepcionales, abandonado por su familia biológica, en conflicto con su familia adoptiva, sin domicilio, con problemas de salud mental no debidamente tratados; los sentimientos de odio y prejuicio, aunque no son justificados, sí resultan explicables y por ende especialmente ponderables a la hora de fijar la pena, que tendrá que imponerse en su umbral mínimo por lo que se fija en seis meses.

La sentencia mantiene que, tras su evaluación psiquiátrica, se determine si se sustituye la prisión por el internamiento en centro psiquiátrico que no podrá exceder de tres años, o alternativamente libertad vigilada por el mismo tiempo con la obligación de seguir tratamiento médico.