El CGPJ insta al Gobierno a que amplíe hasta 2029 el plazo para revisar las medidas adoptadas en relación con la capacidad jurídica de las personas con discapacidad

La revisión viene impuesta por la Ley 8/2021, que adaptó las legislaciones civil y procesal a la Convención de Nueva York y estableció un plazo de tres años que vencerá el próximo 3 de septiembre

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Comunicación Poder Judicial

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial ha acordado dirigirse al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes para instar la ampliación del plazo de tres años establecido legalmente para revisar todas las medidas que fueron adoptadas por los órganos judiciales en relación con la capacidad jurídica de las personas con discapacidad antes de la entrada en vigor de la Ley 8/2021, de 2 de junio. Dicho plazo concluye el próximo 3 de septiembre.

La revisión de las medidas adoptadas responde al mandato contenido en la citada Ley 8/2021, que reformó la legislación civil y procesal para adaptar el ordenamiento jurídico interno a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, aprobada en Nueva York en 2006. Como consecuencia de la reforma, desaparecieron la declaración judicial de incapacidad y la modificación judicial de la capacidad, por tratarse de mecanismos incompatibles con el pleno reconocimiento de la personalidad y capacidad jurídicas de las personas con discapacidad, de acuerdo con la Convención de Nueva York.

El CGPJ apoya su solicitud al Gobierno en un informe del Servicio de Inspección según el cual el plazo de tres años fijado por la ley resulta insuficiente para proceder a la revisión, bien a instancia de las personas interesadas o del Ministerio Fiscal bien de oficio, de todas las medidas que se hubiesen adoptado con anterioridad a la entrada en vigor de la reforma.

De dicho informe se desprende que, a 31 de diciembre de 2023, se encontraban pendientes de revisar por los órganos judiciales (juzgados de primera instancia y juzgados de primera instancia e instrucción, especializados y no especializados) un total de 108.625 asuntos. Asimismo, se señala que, si no se adoptan medidas de refuerzo, el plazo adicional necesario para finalizar las revisiones pendientes sería de 4,9 años; en el caso de que sí se adoptaran, el plazo sería de 3,7 años.

Por este motivo, a propuesta del Foro Justicia y Discapacidad del CGPJ, que preside el vocal Juan Manuel Fernández, la comisión Permanente ha acordado instar al Gobierno para que impulse una reforma legislativa y amplíe el plazo inicial de tres años a cinco años más, que concluirían el 3 de septiembre de 2029.

El acuerdo se remitirá el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, al Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, a las instituciones que integran el Foro Justicia y Discapacidad y a los delegados/as de discapacidad de Tribunal Supremo, Audiencia Nacional y Tribunales Superiores de Justicia.