El juez acuerda prisión incondicional para un integrante de ETA por facilitar información sobre el director de la cárcel de Málaga y funcionarios de prisiones

En un documento enviado a la banda relataba que se habían producido palizas a “compañeros de varias cárceles”, por lo que había que “enviar un mensaje claro a los carceleros”

Autor
Comunicación Poder Judicial

El juez de la Audiencia Nacional Diego de Egea ha decretado la prisión provisional comunicada y sin fianza por un delito de integración en la organización terrorista ETA de José Karlos A. quien en un documento enviado a la banda facilitaba información sobre el director de la cárcel de Málaga y en la que hablaba de poner un coche-bomba en la sede del sindicato de funcionarios de prisiones ACAIP en Madrid como respuesta a la “palizas” que habían sufrido, según este, sus “compañeros”.

En un auto, el juez explica que en esta investigación consta un documento, manuscrito en euskera, que fue incautado el 9 de mayo de 2003 -tras la detención de los miembros de ETA Ainhoa G.M., Aitor G.J., Asier A.U. y Thierry I.- en una vivienda ubicada en el número 14 de la Rue Eugene Pelletam de la localidad francesa de Saintes.

El texto, fechado julio de 2002, informaba en primer lugar del cambio de director de la cárcel de Málaga por uno nuevo procedente de Tenerife. En segundo lugar, relataba que se habían producido palizas a “compañeros de varias cárceles”, por lo que había que “enviar un mensaje claro a los carceleros, para hacerles entender que no vamos a aceptar este tipo de cosas. <<Cada vez que peguéis una paliza a uno de nuestros compañeros, pegaremos contra vosotros>> o algo así”.

Continuaba la misiva señalando que “son del sindicato de carceleros fascistas ACAIP y probablemente sería un mensaje claro poner un coche-bomba en la sede de dicho sindicato en Madrid, al menos si siguen mostrando ese comportamiento para con los presos políticos vascos. Por otro lado, una acción de este tipo tendría un eco considerable y sería ideal para meter el miedo en el cuerpo a los carceleros”.

Para el magistrado, los hechos revisten los caracteres del delito de integración en organización terrorista, que lleva aparejada una pena grave, por lo que existe un riesgo fundado de fuga para acordar la medida de prisión.