La Audiencia Nacional condena a penas de tres a cinco meses y multa de 22, 7 millones de euros a cuatro exempleados de ICBC por blanquear dinero de grupos criminales chinos

La Sala considera probado que eI ICBC España puso en marcha a finales de 2010 un establecimiento bancario con sede en Madrid en el que la captación de pasivo fue el objetivo prioritario, llegando a alcanzar la cifra de 140 millones de euros

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Comunicación Poder Judicial

La Sala de lo Penal Audiencia Nacional ha condenado a penas de entre 3 y 5 meses de cárcel y multas por un total de 22,7 millones de euros para cuatro exempleados de la sucursal en España del banco chino ICBC por el blanqueo de dinero de dos organizaciones criminales del país asiático.

En una sentencia de conformidad, la Sección Segunda acuerda también la medida de seguridad para el ICBC Industrial and Commercial Bank of China, sucursal española, de inhabilitación para obtener subvenciones o ayudas públicas, para gozar de incentivos y beneficios fiscales o de la Seguridad Social por un periodo de dos años.

La Sala considera probado que eI ICBC España puso en marcha a finales de 2010 un establecimiento bancario con sede en Madrid en el que la captación de pasivo fue el objetivo prioritario, llegando a alcanzar la cifra de 140 millones de euros.

Primer periodo de ICBC en España

El Tribunal explica que el director general L.G., junto dos de sus empleados de banca minorista, F.H. y J.W. “desatendieron contumazmente” la legislación de prevención y dejaron de aplicar las normas básicas en sus relaciones de negocio, aceptando los ingresos en efectivo por cualquier cantidad, que luego fraccionaban y de quien fueran.

Al poco tiempo de su constitución, por su forma de operar, señala el fallo, la colaboración del personal del ICBC se hizo necesaria para las organizaciones criminales de nacionales asiáticos, en concreto las organizaciones Emperador-Cheqia y Sake, llegando a tener esta última 70 cuentas en la entidad bancaria.

Opacidad casi absoluta

“En Este primer periodo el personal de la entidad ICBC España desarrolló una agresiva operativa por captar el máximo de depósitos en efectivo de clientes nacionales asiáticos, que en su gran mayoría estaban inmersos en actividades de economía sumergida y sospechas de fraude fiscal y arancelario”, explica el Tribunal. En este sentido, añade, el personal de la entidad les auxiliaba proporcionándoles una “opacidad a sus movimientos de fondos, tanto al ingresarlos como al transferirlos a China fundamentalmente”.

La ocultación y el encubrimiento de su titularidad se conseguía permitiéndoles el fraccionamiento de abonos y salidas, el uso de las cuentas internas innominadas del banco, los usos compartidos de documentación falsa y NIES y admitirles la facturación simulada de cobertura.

La sentencia señala que la organización Snake ingresó en efectivo en ICBC la cantidad de 41,59 millones de euros entre enero de 2011 y octubre del 2012. Apunta también que la organización tuvo movimientos en otras muchas entidades bancarias que sí advirtieron de sus maniobras de blanqueo y se abstuvieron de ejecutar las operaciones.

Segundo periodo en España

Con posterioridad, el nuevo director general de la entidad L.W., explica la sentencia, continuó con las maniobras de auxilio y aprovechamiento a las organizaciones criminales ayudando a la bancarización de su dinero.

El conocimiento público de la operación Emperador a finales de octubre de 2012, afirma el Tribunal, provocó un cambio radical en el modelo de negocio de captación del dinero en efectivo “que de forma mayoritaria se desvió a las sucursales de la Caixa para introducirlos a través del convenio de corresponsalía que tenían suscrito entre ambas entidades bancarias”. Una corresponsalía “sui generis”, señala la Sala, pues el banco destinatario era ICBC España, una sucursal de Madrid, y a través de ella se transferían los fondos a diferentes bancos chinos en el exterior.

ICBC España inhabilitada durante dos años para obtener subvenciones o ayudas públicas y beneficios fiscales

El tribunal considera procedente acordar la medida de seguridad post delictual solicitada por el fiscal que prevé el Código Penal de inhabilitar a la sucursal España de ICBC para obtener subvenciones, ayudas públicas o gozar de incentivos y beneficios fiscales o de la Seguridad social durante el plazo de dos años.

Aunque la entidad ha acreditado la mejora de su modelo de compliance anti blanqueo en sus sistemas de control interno, la sala recuerda que la sucursal española fue un instrumento idóneo para operaciones masivas de blanqueo de dinero al servicio de organizaciones delictivas, y no implica que desaparezca cualquier riesgo futuro” de instrumentalización de la entidad para este u otros fines delictivos, que es en definitiva lo que debe tenerse en cuenta como presupuesto para la medida de seguridad”.

El tribunal ha tenido en cuenta el precedente del grave fracaso por parte de la entidad matriz ICBC Sucursal Luxemburgo -que se tiene por involuntario, por absoluto desconocimiento de la situación- en sus obligaciones de control final en sus filiales, en este caso la española, en materia de cumplimiento de normativa y prácticas de blanqueo y financiación del terrorismo.

La medida de seguridad solicitada por el fiscal y que no es la más grave de las posibles a imponer, según explica la Sala, “puede evitar que la entidad española pueda ser instrumentalizada en el futuro en una situación delictiva del mismo o de otro tenor realizable desde ella”.

La Audiencia señala también que “la entidad ICBC Europe SA Sucursal España fue la única que no remitió un solo report de operaciones sospechosas al SEPBLAC desde la apertura de la sucursal en España y durante todo el periodo de tiempo investigado -2011 al 2016-. En la mayoría de los bancos las peculiares características del manejo de las cuentas por las organizaciones criminales Snake y Cheqia, generaron cancelaciones o abstención de ejecutar las operaciones, así corrió las alertas sistemáticas de comunicación a los órganos centrales de prevención y posteriormente al SEPBLAC”.

Los cuatro exempleados condenados ya han depositado los 22,7 millones de euros impuestos en la sentencia.