Sentencia analizada  AN Social: Se declara que la práctica empresarial, consistente en no facilitar al sindicato reclamante y resto de sindicatos el tipo de sanción impuesta a los empleados sancionados por falta muy grave es contraria a Derecho. Lesión del derecho a la libertad sindical en su vertiente funcional al derecho de información sindical: No se cumple dicho derecho por la simple notificación de la comisión de faltas muy graves.

Órgano judicial
Audiencia Nacional (España). Sala de lo Social
Orden jurisdiccional
Social
Número de recurso
191/2017
Tipo de resolución
Sentencia
Ponente
Ricardo Bodas Martín
Identificador
28079240012017100129
Número de resolución
130
Año
2017

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