La Audiencia de Murcia condena a 17 años de prisión a un hombre por grabar en posturas de carácter sexual a la hija de su pareja y dos amigas de 8 a 11 años

Seguidos de 10 de libertad vigilada con obligación de someterse a programas específicos de educación sexual y otros 15 de inhabilitación para cualquier profesión que conlleve contacto con niños

Autor
Comunicación Poder Judicial

La sección 5 de la Audiencia Provincial condena a un hombre a una pena de prisión que suma 16 años, 11 meses y 29 días por tres delitos de abuso sexual a menor de 16 años con prevalimiento, dos de ellos de carácter continuado y con acceso carnal, tres delitos de elaboración de pornografía infantil agravados, un delito de posesión y distribución, tres delitos de corrupción de menores, después de que este reconociera en el juicio los hechos por los que fue acusado y por los que permanecía en prisión provisional desde el 30 de marzo de 2021. 

Según los hechos declarados probados en la sentencia, tras el reconocimiento del acusado, los testimonios de las menores y la abundante prueba documental, el procesado, que compartía domicilio con la hija de su pareja de aproximadamente 8 o 9 años, aprovechaba los momentos que se quedaba a solas con la menor para enseñarle vídeos de carácter pornográfico, diciéndole que, si quería ser modelo, tendría que imitar las imágenes.

Unas veces le obligaba a ponerse la ropa interior y zapatos de tacón de su madre y otras le pedía que se quitase la ropa y posase completamente desnuda, exhibiendo sus partes íntimas, tomándole fotos y grabándola en posturas de carácter sexual, concreta la sentencia. Además, le realizaba tocamientos en pecho y vagina, en ocasiones por encima de la ropa y otras completamente desnuda.

Conductas estas que repitió con otras dos amigas de la niña, la mayor de 11 años, aprovechando la visita de estas al domicilio. “El procesado les dio instrucciones a las tres menores, al objeto de elaborar el material pedófilo y poder difundirlo posteriormente, para que posaran en posiciones explícitamente sexuales, desnudas, tumbadas en la cama, acariciándose los genitales (…)”. 

Material que fue elaborado por el procesado con intención de difundirlo a terceros “ya que, cuando terminaba de grabar, les pedía a las menores que mandasen saludos”, recoge la sentencia, y que fue compartido, subiéndolo “al menos a una página web”. 

Tal y como pedía la acusación, para la determinación de la pena, el tribunal estima las atenuantes analógicas de reconocimiento de hechos, reparación del daño y de dilaciones indebidas. 

La Audiencia impone, además, tras los 16 años de prisión, 10 años de libertad vigilada con sometimiento a programas específicos de educación sexual y la prohibición de realizar actividades que supongan un trato directo con menores de edad. Seguidos de 15 años de inhabilitación especial para cualquier profesión u oficio, sea o no retribuido que conlleve contacto regular y directo con menores de edad. 

Condena por último al acusado a indemnizar con un total de 100.000 euros a las tres menores, respecto de las que le impone la prohibición de aproximación y comunicación por cualquier medio. 

La resolución no es firme y contra ella cabe recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia.